Reglamento General
Terra - Instituto de formación agropecuaria
Última actualización: 1 de enero de 2025
Capítulo I: Disposiciones Generales
Objeto y Ámbito de Aplicación
Artículo 1: El presente reglamento tiene por objeto establecer las normas y procedimientos que regulan el funcionamiento de Terra - Instituto de Formación Agropecuaria.
Artículo 2: Este reglamento es de aplicación obligatoria para todos los miembros, docentes, estudiantes y personal administrativo del Instituto.
Misión y Visión
Artículo 3: La misión del Instituto es ofrecer formación profesional de calidad, contribuyendo al desarrollo personal y profesional de los ciudadanos.
Artículo 4: La visión del Instituto es ser una institución líder en educación y formación profesional.
Capítulo II: Organización y Funcionamiento
Estructura Organizativa
Artículo 5: El Instituto está organizado en las siguientes áreas:
- Dirección General
- Dirección Académica
- Dirección Administrativa
- Dirección de Comercialización
- Dirección de Tecnología
Artículo 6: Cada dirección estará a cargo de un director, quien será responsable de coordinar las actividades de su área, velando por el cumplimiento de los objetivos institucionales y las políticas establecidas.
Artículo 7: La Dirección General es la máxima autoridad ejecutiva de Terra - Instituto de Formación Agropecuaria y tiene como principales responsabilidades la gestión global, la representación legal y la toma de decisiones estratégicas.
Artículo 8: La Dirección Académica es responsable de la planificación, desarrollo y supervisión de la oferta educativa del Instituto, garantizando la calidad y pertinencia de los programas de formación.
Artículo 9: La Dirección Administrativa se encarga de la gestión financiera, de recursos humanos y de la infraestructura del Instituto, asegurando un funcionamiento eficiente y sostenible.
Artículo 10: La Dirección de Comercialización es responsable de la promoción institucional, la gestión de la imagen del Instituto y la comercialización de las propuestas ofrecidas, asegurando una comunicación efectiva y estrategias de ventas eficientes.
Artículo 11: La Dirección de Tecnología es responsable de la planificación, implementación y mantenimiento de las tecnologías de la información y comunicación en el Instituto, asegurando que estas respalden y optimicen las operaciones educativas y administrativas.
Capítulo III: Régimen Académico
Admisión de Estudiantes
Artículo 12: Los requisitos de admisión serán establecidos anualmente y estarán basados en los siguientes criterios:
- Cumplimiento de los requisitos académicos previos, como títulos o certificaciones necesarias.
- Evaluación de antecedentes educativos y experiencia laboral relevante, en caso de cursos avanzados o especializados.
- Presentación de la documentación requerida dentro de los plazos establecidos.
Artículo 13: La selección de estudiantes se realizará teniendo en cuenta la equidad de oportunidades y la inclusión. Se priorizará a aquellos que demuestren mayor necesidad de formación para su desarrollo profesional.
Artículo 14: Los estudiantes admitidos deberán firmar el reglamento general y el reglamento específico del curso, comprometiéndose a cumplir con todas las normativas establecidas por el Instituto.
De la Asistencia
Artículo 15:
- La asistencia se computará por clase, independientemente a las materias que se cursen en la misma.
- Debe contar con el 75% de asistencias.
- Los estudiantes que no cumplan con la normativa de asistencia perderán la condición de regularidad.
- Se contemplarán situaciones laborales o de salud como inasistencia justificada.
Desarrollo de los Cursos
Artículo 16: Los cursos se desarrollarán conforme a un plan de estudios previamente aprobado por la Dirección Académica. Este plan incluirá:
- Fundamentación
- Objetivos generales y específicos del curso.
- Contenidos teóricos y prácticos.
- Métodos de enseñanza, incluyendo clases presenciales, virtuales, talleres, prácticas profesionales, etc.
- Cronograma de actividades y evaluación.
- Bibliografía utilizada
Artículo 17: Se promoverá la actualización continua de los contenidos de los cursos para asegurar su relevancia frente a las demandas del mercado laboral y los avances en cada área de conocimiento.
Artículo 18: Los cursos podrán incluir actividades extracurriculares, como seminarios, conferencias, y visitas técnicas, que enriquecerán la formación de los estudiantes.
Aranceles
Artículo 19: De la inscripción:
- El arancel por inscripción al curso se establecerá por año calendario o por cohorte en caso de ser necesario.
- Perderá la regularidad el estudiante que no abone en tiempo y forma el arancel de inscripción.
Artículo 20: De los cursos:
- El arancel del curso se establecerá por año calendario o por cohorte en caso de ser necesario.
- El valor del arancel podrá variar por localidad o centro de aprendizaje.
- El arancel se abonará en cuotas mensuales por año calendario.
- Se abonará en los primeros 10 días del mes o según corresponda o establezca la Dirección de Comercialización.
- El estudiante que no cumpliese en tiempo y forma con el pago, se le cobrará un recargo por gastos administrativos.
- El arancel sólo se reintegrará en caso de que el estudiante no pueda cursar por causas imputables al Instituto.
- Para efectuar gestiones administrativas y académicas, el estudiante deberá estar habilitado administrativamente.
- El estudiante que adeude dos cuotas perderá la regularidad en el curso automáticamente.
- Para poder rendir los exámenes finales, en el caso de corresponder, el estudiante deberá estar administrativamente habilitado.
Evaluación y Certificación
Artículo 21: La evaluación de los estudiantes se realizará mediante un conjunto de métodos que incluyen, pero no se limitan a:
- Exámenes escritos y orales.
- Trabajos prácticos y proyectos.
- Participación en clase y contribuciones en foros (en caso de clases virtuales).
- Evaluaciones continuas y finales.
Artículo 22: La Dirección Académica establecerá los criterios de evaluación y los umbrales de aprobación. Se garantizará la transparencia en los procesos de evaluación, permitiendo a los estudiantes solicitar revisiones de calificaciones si así lo requieren.
Artículo 23: Los cursos que requieran la presentación de un examen final ante una institución externa al Instituto estarán sujetos al pago de un derecho de examen correspondiente. En caso de no aprobar el examen, los estudiantes tendrán la oportunidad de rendir una instancia de recuperación, debiendo abonar nuevamente el derecho de examen si la institución externa lo requiere.
Artículo 24: Al finalizar el curso, los estudiantes que hayan cumplido con todos los requisitos académicos y de asistencia recibirán un certificado expedido por el Instituto, con el aval de las instituciones correspondientes cuando aplique.
Artículo 25: En caso de no aprobar un curso, los estudiantes tendrán la oportunidad de repetirlo o realizar actividades compensatorias según las disposiciones establecidas por la Dirección Académica.
Capítulo IV: Derechos y Deberes
Derechos de los Estudiantes
Artículo 26: Los estudiantes tienen derecho a:- Recibir una educación de calidad, basada en programas actualizados y metodologías efectivas.
- Ser evaluados de manera justa, objetiva y sin discriminación.
- Acceder a los recursos educativos, como bibliotecas, laboratorios, plataformas virtuales, etc.
- Participar en las decisiones que afecten su proceso educativo, a través de los canales de comunicación establecidos.
- Solicitar orientación académica y profesional para su desarrollo continuo.
- Apelar las decisiones académicas que consideren injustas, a través de los mecanismos previstos en este reglamento.
Deberes de los Estudiantes
Artículo 27: Los estudiantes deben:- Asistir puntualmente a las clases y cumplir con las actividades académicas asignadas.
- Respetar a los docentes, personal administrativo y compañeros, manteniendo un ambiente de convivencia positiva y constructiva.
- Hacer un uso responsable de los recursos y materiales proporcionados por el Instituto.
- Cumplir con las normas de conducta establecidas, evitando cualquier forma de plagio, fraude académico o comportamiento inapropiado.
- Mantener actualizados sus datos personales y notificar cualquier cambio relevante a la administración del Instituto.
Capítulo V: Régimen Disciplinario
Faltas y Sanciones
Artículo 28:Las faltas se clasifican en leves, graves y muy graves:
- Faltas Leves: Retrasos repetidos, incumplimiento menor de las normas de convivencia, falta de respeto leve hacia otros estudiantes o personal.
- Faltas Graves: Plagio, fraude académico, faltas de respeto graves hacia el personal o compañeros, daños a la propiedad del Instituto.
- Faltas Muy Graves: Agresiones físicas o verbales, acoso, discriminación, actos que pongan en peligro la seguridad de la comunidad educativa.
Artículo 29:
Las sanciones aplicables según la gravedad de la falta incluyen:
- Advertencia verbal o escrita: Para faltas leves, con registro en el expediente académico del estudiante.
- Suspensión temporal: Para faltas graves, que implica la suspensión de actividades académicas por un período determinado.
- Expulsión: Para faltas muy graves, con la posibilidad de prohibir la readmisión del estudiante al Instituto.
- Reparación de daños: En casos donde la falta implique daños a la propiedad del Instituto, el estudiante deberá asumir los costos de reparación.
Procedimiento Disciplinario
Artículo 30:El procedimiento disciplinario se desarrollará en las siguientes etapas:
- Notificación: El estudiante será notificado formalmente de la falta cometida y la posible sanción.
- Audiencia: Se otorgará al estudiante la oportunidad de presentar su versión de los hechos ante un comité disciplinario.
- Resolución: El comité disciplinario emitirá una resolución basada en la evidencia y las declaraciones presentadas.
- Apelación: El estudiante podrá apelar la decisión del comité ante la Dirección General, que revisará el caso y emitirá un fallo final.
Capítulo VI: Personal del Instituto
Clasificación del Personal
Artículo 31:El personal del Instituto se clasifica en las siguientes categorías:
- Personal Docente: Profesores y formadores encargados de impartir los cursos y programas educativos.
- Personal No Docente: Incluye roles esenciales para el funcionamiento operativo y administrativo del Instituto, tales como:
- Secretarios
- Coordinadores
- Técnicos
- Administrativos
- Personal de Apoyo
Personal Docente
Artículo 32:Los profesores y formadores tienen la responsabilidad de:
- Preparación y Entrega de Clases: Elaborar y presentar contenido académico conforme a los programas establecidos. Utilizar métodos pedagógicos variados que respondan a las necesidades y estilos de aprendizaje de los estudiantes.
- Evaluación de los Estudiantes: Diseñar y aplicar evaluaciones que reflejen el aprendizaje y la comprensión del material. Proveer retroalimentación constructiva para el mejoramiento continuo de los estudiantes.
- Desarrollo Profesional: Participar en programas de desarrollo profesional y actualización de conocimientos. Contribuir a la creación de nuevos contenidos y recursos didácticos para mejorar la calidad educativa.
- Interacción con la Comunidad Educativa: Mantener una comunicación abierta y efectiva con estudiantes y colegas. Participar en reuniones académicas y de planificación para coordinar esfuerzos educativos.
- Cumplimiento de Normativas: Respetar los procedimientos administrativos, horarios de clase y otras normativas establecidas por el Instituto.
Los docentes tienen derecho a:
- Evaluación Justa: Ser evaluados de manera objetiva y justa por su desempeño académico y profesional.
- Recursos Educativos: Acceder a recursos educativos adecuados para el desarrollo de sus actividades docentes.
- Capacitación Continua: Participar en oportunidades de formación profesional para mejorar sus competencias.
- Ambiente de Trabajo: Disfrutar de un entorno laboral respetuoso, inclusivo y libre de discriminación o acoso.
Los deberes de los docentes incluyen:
- Responsabilidad Académica: Preparar y mantener actualizados los materiales y planes de estudio. Cumplir con las evaluaciones y calificaciones dentro de los plazos establecidos.
- Respeto y Profesionalismo: Mantener una actitud profesional y respetuosa en el trato con estudiantes y colegas. Respetar la confidencialidad de la información de los estudiantes y el Instituto.
- Participación Institucional: Colaborar en la implementación de políticas y proyectos institucionales. Participar activamente en reuniones y comités cuando sea necesario.
Personal No Docente
Artículo 35:El personal no docente cumple funciones esenciales que apoyan el funcionamiento del Instituto. Sus responsabilidades incluyen:
De los Secretarios
- Funciones:
- Gestión Administrativa: Manejar la documentación académica y administrativa de estudiantes y docentes. Coordinar la inscripción y matrícula de estudiantes.
- Apoyo Organizativo: Organizar eventos académicos y actividades institucionales. Gestionar agendas, reuniones y comunicaciones internas.
- Comunicación: Interactuar con estudiantes, docentes y direcciones para asegurar el flujo de información entre cada uno de ellos.
- Derechos:
- Recursos y Capacitación: Acceder a formación y recursos necesarios para su desempeño.
- Ambiente Laboral: Disfrutar de un entorno de trabajo respetuoso y organizado.
- Reconocimiento: Ser reconocido por su labor y contribución al Instituto.
- Cumplimiento de Funciones: Ejecutar las tareas administrativas con precisión y dentro de los plazos establecidos.
- Confidencialidad: Mantener la confidencialidad de la información tratada en su rol.
- Apoyo Institucional: Colaborar con otros departamentos y participar en actividades institucionales.
De los Coordinadores
- Funciones:
- Supervisión de Cursos: Supervisar la implementación, el desarrollo de los cursos y programas educativos. Coordinar con los docentes para asegurar la calidad del contenido y la enseñanza.
- Planificación: Planificar actividades y recursos necesarios para el correcto desarrollo de los programas.
- Resolución de Problemas: Actuar como facilitador para resolver problemas o conflictos relacionados con los cursos.
- Derechos:
- Recursos Adecuados: Tener acceso a los recursos necesarios para cumplir con sus responsabilidades.
- Apoyo Institucional: Contar con el apoyo de la Dirección Académica y otras áreas para el cumplimiento de sus tareas.
- Desarrollo Profesional: Participar en capacitación y desarrollo profesional para mejorar sus habilidades de coordinación.
- Deberes:
- Responsabilidad en la gestión: Asegurar que los programas educativos se desarrollen según lo planeado.
- Comunicación: Mantener una comunicación efectiva con docentes y estudiantes.
- Resolución de Conflictos: Gestionar y resolver conflictos de manera justa y eficiente.
De los Administrativos
- Funciones:
- Gestión Financiera: Manejar presupuestos, contabilidad e informes financieros.
- Recursos Humanos: Coordinar aspectos relacionados con la contratación, formación y gestión del personal.
- Logística y Operaciones: Supervisar las operaciones diarias y la gestión de recursos e instalaciones.
- Derechos:
- Reconocimiento: Ser reconocido por su contribución y esfuerzo en la gestión administrativa.
- Ambiente de Trabajo: Trabajar en un entorno de trabajo ordenado y justo.
- Capacitación: Recibir formación para el desarrollo de sus habilidades y competencias.
- Deberes:
- Precisión en la gestión: Manejar la información y los recursos con precisión y responsabilidad.
- Cumplimiento Normativo: Asegurar el cumplimiento de las políticas y normativas institucionales.
- Colaboración: Colaborar con otros departamentos para el logro de objetivos institucionales.
Capítulo VI: Disposiciones Finales
Artículo 36:Este reglamento podrá ser modificado por decisión del Consejo Directivo del Instituto, previa consulta a los responsables de las áreas afectadas.
Artículo 37:Las modificaciones entrarán en vigor a partir de su publicación oficial.
Vigencia
Artículo 38:El presente reglamento entrará en vigor a partir de la fecha de su aprobación y será de cumplimiento obligatorio para todos los miembros de Terra - Instituto de Formación Agropecuaria.